Esta es una continuación de nuestra nota de Ayer.
Hemos recibido en pocas horas mas de veinte correos respecto a nuestra nota de ayer para que terminemos de aclarar algunas cosas. Es evidente que quienes han mentido y desinformado en lugar de reconocer un error (que todos alguna vez lo hemos tenido) se sigue insistiendo con muy poca ética personal y periodística confundir a la gente con una parrafada de “opiniones de expertos”
La verdad, en casos como este, es una sola y es la que marcan las leyes y el sentido común.
Dado que ahora, después de haber insistido durante dos semanas que Temperley debía cobrar Un millón, Un millón doscientos, Un millón quinientos mil dólares, por la opción del 50%, algo que ayer demostramos que es falso, ahora en otra falacia sostienen que ese “millón de dólares” se hubiera obtenido si al vencer los plazos de pago por el traspaso del jugador (la venta del primer 50%) el club hubiera quedado con el 100% del jugador en forma automática. Esto también es falso.
Vamos por partes pues nuestra intención no es confundir, sino ser bien claros.
Al vencimiento de la segunda cuota, Newells no pagó. Fue abonando de a montos chicos a lo largo del 2006 y por la tercera cuota, hasta la semana pasada, no había pagado nada. Es decir Newells estaba en mora, con Temperley.
El contrato por la venta del 50% de los derechos económicos del jugador, como en el 99,99% de los contratos comerciales, tiene una cláusula gatillo de restitución del bien vendido en caso de mora en las cuotas convenidas.
Frente a esta mora, Temperley tenía tres caminos, a) Ir a la justicia, e iniciar acciones legales por incumplimiento de contrato y pedir la restitución del jugador. b) Inhibir a Newells en AFA c) Reclamar negociando que fue lo que terminó haciendo.
a) El Juicio.
En Argentina, y les puedo asegurar que en ningún lugar del mundo, nadie hace juicio inmediatamente frente a una mora. Es como si alguno de Uds. se atrasaran en un par de cuotas en un crédito hipotecario, y en un mes les remataran la casa y tuvieran que devolverla.
En todas las relaciones comerciales, primero hay un intento de negociación privada, luego de unos meses si no hay resultado se pasa el tema a los abogados quienes intiman, generalmente hay cruces de cartas documentos y, finalmente si no aparece una moneda se puede llegar a iniciar una acción legal, la cual, promedio, puede llegar en una primera instancia a durar entre cinco años y el infinito.
Todo esto, obviamente si el deudor en el medio no se concursa o se declara en quiebra pues, en ese caso, como en el juego de la OCA volvemos cincuenta casilleros para atrás pues el juez interviniente puede considerar al jugador como “bien del fallido” y en la justicia Rosarina, a cantarle a Fito Paez.. ¿Restitución inmediata? Las pelucas, como decía el gran Tato Bores.
b) Inhibir en AFA
Esta opción era factible frente a la mora. En cualquier momento del último año y medio Temperley pudo haber inhibido a Newells antes del momento en que lo hizo. Fue decisión de quienes no lo hicieron en cada momento y está claro que optaron por negociar en lugar de romper lanzas. Ahora, es falso sostener que la AFA frente a una inhibición hubiera restituido el jugador. La AFA nunca ha hecho esto con nadie. A lo sumo, impide a la institución deudora a realizar operaciones de compra y venta de nuevos jugadores, nunca restituye jugadores ni mucho menos cambia la posesión de derechos económicos porque no puede hacerlo. Si Temperley hubiera seguido este camino, en el mejor de los casos, hubiera cobrado lo adeudado antes de tiempo, nunca los derechos por el 100% del jugador.
Finalmente, y de cara al futuro, ¿Qué puede llegar a cobrar Temperley a futuro por Cejas?
a) Los USD 36.000 todavía adeudados por Newells
b) En caso que la FIFA lo declare libre (situación bastante probable por lo que señalábamos ayer) y al ser Cejas menor de 23 años una compensación por haber hecho el jugador las inferiores en Temperley (esto es bastante factible y el monto lo determina la misma FIFA)
c) En caso que la FIFA no lo declare libre y determine que es de Newells, el 50% del valor que se venda o se determine. A esta altura esto es bastante improbable pero no imposible.
d) En caso que Tecos venda al jugador a un equipo fuera de México, Temperley cobrará por “Derechos de Formación” un porcentaje de la venta del pase por cada año que el jugador haya hecho de inferiores en el club.
domingo, agosto 05, 2007
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